Chaleco reflectante obligatorio: ¿Qué vehículos deben llevarlo?

Chaleco reflectante obligatorio: ¿Qué vehículos deben llevarlo?

Cuando se produce un accidente en las vías, los vehículos están obligados a señalizarlo correctamente para evitar dar lugar a otro. Pero para poder hacerlo, la persona que señalice debe también resultar visible. Para ello se utiliza el chaleco reflectante obligatorio. Pero, ¿deben llevarlo todos los vehículos?

Qué es y para qué sirve el chaleco reflectante obligatorio

El chaleco reflectante es un elemento de seguridad obligatorio de acuerdo con los códigos de circulación. Junto con los triángulos de emergencia, forma el kit de seguridad que permite señalizar correctamente un accidente y, al mismo tiempo, ser visibles.

Además, debe estar homologado y llevar al menos dos franjas horizontales que sean reflectantes. En cuando a los colores, son válidos los amarillos, los naranjas y los rojos. El primero de todos, es decir el amarillo, es el color más utilizado, por ser el que resulta más fácil de ver por el ojo humano.

En lo que respecta al número de chalecos, las normativas establecen que uno es suficiente y, por tanto, obligatorio. No obstante, para garantizar una mayor seguridad, se recomienda llevar otro de repuesto para la persona acompañante.

Quiénes deben utilizarlo

De acuerdo con el Proyecto de ley del código de circulación de Andorra, todos los conductores de los vehículos, con la excepción de las bicicletas, los ciclomotores, los triciclos y cuatriciclos, así como los vehículos agrícolas, tienen que utilizar un chaleco reflectante obligatorio de alta visibilidad. Este, además, debe estar homologado o certificado.

¿Y qué vehículos son estos entonces? Pues los turismos, los autobuses, los vehículos mixtos, los automóviles que se destinan al transporte de mercancías, los conjuntos no agrícolas y tanto los conductores como el personal auxiliar en los vehículos piloto para la protección y el acompañamiento.

En lo que respecta a los momentos en los que debe usarse, el Código de circulación establece que debe llevarse puesto siempre que se salga del vehículo y se ocupe la calzada o el arcén de las vías interurbanas. También, debe utilizarse el chaleco reflectante obligatorio cuando se haya producido un accidente en cualquier tipo de vía y haya daños materiales o corporales.

El artículo 57, en concreto, hace referencia a los accidentes con daños corporales. Allí se establece que cualquier usuario de una vía que esté implicado en un accidente de circulación tiene la obligación de pararse en un lugar que no suponga un riesgo y de utilizar el chaleco reflectante para salir del vehículo y ocupar la calzada. Lo mismo se establece en el artículo 58, que hace referencia a los accidentes con daños materiales.

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